Cada vez son más los consumidores que aprecian la calidad en los productos agrícolas.
Una forma de identificar esta calidad es mediante los sellos de calidad diferenciada como son las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Indicaciones Geográficas protegidas (IGP) en los productos alimenticios. Además de identificarlos como productos originarios de un área geográfica determinada, también garantizan que cumplen con unos requisitos de calidad superiores al resto.
Los productos identificados como Denominaciones de Origen o Indicaciones Geográficas Protegidas, están sujetos a un control y certificación por parte de los distintos organismos, por lo que adquieren transparencia en la información y comercialización de estos productos, otorgándole al consumidor la garantía de calidad de dicho producto para el consumo.
¿Qué son las DOP e IGP?
Las DOP e IGP son identificadores de productos con una denominación oficial asignada como garantía de su procedencia y calidad.
La Denominación de Origen también llamada Denominación de Origen Protegida D.O.P al igual que los productos agroalimentarios designados I.G.P Indicación Geográfica Protegida, poseen un signo distintivo de carácter geográfico utilizado para darles singularidad, ya que deben su calidad exclusiva o principal, al lugar en el que se producen y elaboran otorgándole además un valor superior en el mercado.
¿Para qué sirven las DOP e IGP?
Las DOP e IGP sirven para garantizar y controlar tanto el origen como la calidad de los productos, protegiéndolos de imitación, evocación o usurpación de una determinada marca.
Son merecedores de este distintivo por aportar valor tanto al producto en sí, como al territorio y método de elaboración, producción y distribución, resaltando la influencia del factor humano que participa en todo el proceso.
Dichas denominaciones también garantizan en todo momento el origen y la materia prima para poder certificar que la calidad del producto comercial en sí, es superior al resto.
¿Qué diferencia a una D.O.P de una I.G.P.?
La diferencia entre una D.O.P y una I.G.P., es que la Denominación de Origen Protegida lleva el nombre de una determinada región que designa el producto alimenticio o agrícola de dicha procedencia, esta área geográfica es lo que le da un valor y calidad específico en toda la cadena de producción, transformación y elaboración que deben producirse en la misma zona.
En cambio, una Indicación Geográfica Protegida o Denominación Específica, también lleva el nombre de una región para atribuirle al producto dicho origen geográfico, pero con la diferencia de que algunos de los procesos de la cadena de producción pueden realizarse en otro lugar distinto al local, respetándose así el vínculo con la región geográfica.
La diferencia entre ambas no las hace mejor o peor una de la otra, pero cabe destacar que las DOP se someten a más controles que las IGP, y estas últimas reciben subvenciones de la Unión Europea para promocionar el producto.
¿Qué requisitos debe cumplir un producto para tener una denominación DOP o IGP?
Tanto las DOP como las IGP, están reguladas por reglamentos comunitarios, dependiendo del tipo de producto. El producto debe ajustarse a un pliego de condiciones que incluyen los siguientes elementos:
- Nombre
- Descripción del producto
- Delimitación geográfica
- Métodos de protección
- Elementos vinculados al entorno geográfico
- Organismos de control
- Etiquetado.
- Disposiciones normativas
El Consejo Regulador nace para gestionar las Denominaciones de Origen y hacer que se cumplan los requisitos para tener esta distinción, y va desde la producción a la comercialización del producto en sí.
Estas organizaciones interprofesionales de productores agroalimentarios, mantienen un riguroso y eficaz sistema de control, tanto en lo que se refiere a la cantidad como a la calidad de los productos protegidos.
Algunas funciones del Consejo Regulador:
- Control de Calidad
- Supervisión del producto y elaboración
- Autorización y control de variedades
- Promoción
- Etiquetado